Los trabajadores independientes acceden a Fonasa cotizando el 7% de su renta imponible. Si emites boletas de honorarios, la cotización se descuenta en la operación renta de cada año; si no, puedes cotizar voluntariamente mes a mes para mantener la cobertura.
Cómo hacerlo, paso a paso
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Con boletas de honorarios
La ley descuenta tus cotizaciones de salud desde la retención de tus boletas en la declaración anual de renta. Con eso quedas cubierto en Fonasa por el periodo que define la normativa (julio a junio del año siguiente).
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Como independiente voluntario
Si no emites boletas, puedes pagar mensualmente el 7% sobre la renta que declares (con un mínimo legal) a través de una AFP o los canales de pago de cotizaciones, quedando cubierto mes a mes.
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Verifica tu cobertura
Con tus cotizaciones al día, apareces como beneficiario vigente: revisa tu certificado de afiliación y tu tramo en Mi Fonasa.
Alternativas y casos especiales
Si dejaste de cotizar, la cobertura por cotizaciones anteriores tiene periodos de gracia acotados; al quedar sin cobertura puedes evaluar la clasificación por carencia de recursos (tramo A) si corresponde a tu situación.
Costo del trámite
7% de la renta imponible.
Ir al canal oficial (Mi Fonasa)